sábado, 3 de marzo de 2018

Santo Tomás y lo opinable

a) Como dice un amigo, tomista, antes de comer pescado hay que quitarle las espinas. Eso hizo Santo Tomás con muchas de sus fuentes, cristianas y no cristianas, depurándolas hasta elaborar una síntesis original, como la abeja.
b) Fiel a la Tradición, el Aquinate supo reconocer el campo de lo opinable. Tiene un texto esclarecedor: «en aquellas cosas que no pertenecen a la necesidad de la fe, le fue lícito a los santos opinar de maneras diversas, igual que nos es lícito a nosotros» (In II Sententiarum, d. 2, q. 1, a. 3.). Siendo Santo Tomás la lógica personificada, no tuvo problemas en aceptar que otros tuvieran pareceres distintos al suyo, en cosas que no pertenecen a la necesidad de la fe.
c) Cabe preguntarse cuál ha sido la actitud de la Iglesia respecto del pensamiento de Santo Tomás. Más en concreto, es dable interrogarse si el Magisterio de la Iglesia ha asumido como propias todas y cada una de las sentencias del Santo Doctor, llegando hasta el punto de elevar al lugar de Magisterio eclesiástico el conjunto de sus doctrinas teológicas, filosóficas y científicas. Se puede esbozar una respuesta partiendo de algunos ejemplos conocidos:
1. Inmaculada concepción de la Virgen María (1). Aunque la exégesis de los textos del Aquinate no es sencilla se puede sostener que no vio los argumentos a favor de este dogma. Algunos textos, en su materialidad, lo muestran contrario: «la Virgen María sí contrajo el pecado original» (S. Th., III, 27, 2 ad); la «Virgen fue concebida en pecado original» (In Sent III, d. 3, q. 1, art. 1, sol. 1); «aunque los padres de la Santísima Virgen estuvieron limpios del pecado original, la Virgen María lo contrajo al ser concebida según la concupiscencia carnal y en virtud de la unión entre hombre y mujer» (S. Th. loc. cit., ad 4).  Numerosos autores de peso afirman que Santo Tomás no siguió la opinión piadosa (en aquel tiempo) según la cual la Virgen había sido inmune del pecado original en su concepción. De acuerdo con un erudito trabajo del p. Cuervo, OP, se puede concluir que Santo Tomás, si bien no negó el dogma en el sentido en el que ha sido definido por Pío IX, tampoco lo afirmó. De modo que si la Iglesia hubiera hecho propia la postura del Aquinate con sus reticencias sobre la Inmaculada no habría llegado a la certeza necesaria para definirla ex cathedra.
2. Institución de los sacramentos (2). Es una verdad definida en Trento -contra la doctrina de Lutero- el origen divino de los siete sacramentos (DzH 1601). Pero el Concilio no definió cómo Jesucristo instituyó cada uno de los siete sacramentos. Para Santo Tomás, Cristo instituyó los siete sacramentos en cuanto a su esencia o naturaleza (quoad substantiam ipsorum), incluso determinando materia y forma, como elementos constitutivos de los mismos. Pero la Iglesia no hizo propia esta explicación de Santo Tomás conocida como de institución inmediata (o «in individuo»). De hecho otros teólogos sostienen la doctrina de la institución mediata (o «in specie»): a) para algunos, Cristo instituyó los sacramentos sólo en su esencia, pero sin fijar  «el signo sacramental» que debe utilizarse (Hugo de San Víctor, San Buenaventura); b) para otros, Jesús instituyó unos sacramentos «en forma específica» y otros de «modo genérico» dejando a la Iglesia el poder de fijar el signo sacramental (junto con otros, el teólogo tridentino, Tapper). Estas tres teorías —con matices diversos— se han repetido en diversas épocas, incluso después de la definición de Trento. Con la fórmula que asumió Trento: «Salva illorum substancia», el Concilio no ha querido dirimir la cuestión. El hecho es que los teólogos postridentinos mantuvieron sentencias distintas. Por ejemplo, Domingo de Soto, Vázquez y Belarmino defienden la institución inmediata, mientras Pedro de Soto, Juan Eck y, posiblemente, Suárez, parece que se adscribieron a la teoría de la institución mediata. Un tomista, como el P. Aniz, no tiene reparos en concluir que: «todas y cada una de estas posibilidades están dentro de la más completa ortodoxia». De modo que si la Iglesia hubiera asumido la opinión de Santo Tomás favorable a la institución inmediata, las doctrinas de la institución mediata no podrían ya considerarse ortodoxas. Sin embargo, no lo ha hecho, y la cuestión permanece abierta al debate teológico.
3. La materia del sacramento del Orden (3). Para Santo Tomás, la única materia esencial del sacramento del Orden es la entrega de los instrumentos. Así,  lo único esencial para el diaconado y para el episcopado es la entrega del libro de los Evangelios, con las palabras que la acompañan; y para el presbiterado, la entrega del cáliz con el vino y de la patena con la hostia (cfr. In Sent, d. 24, q. 2, a. 3). Sin embargo, la Iglesia enseña que la única materia de las sagradas órdenes del diaconado, presbiterado y episcopado es la imposición de manos (cfr. Pío XII, Sacramentum Ordinis). De modo que si la Iglesia hubiera asumido con carácter definitivo la totalidad de la teología sacramentaria del Aquinate en lo relativo al sacramento del Orden, no podría enseñar autoritativamente una sentencia opuesta, como de hecho lo hace.
4. Moralidad del préstamo con interés (4). Santo Tomás sostiene que el préstamo es esencialmente gratuito, razón por la cual considera un pecado exigir interés (cfr. S.Th. II-II, q. 78,a 2 ad 1; q. 62, a.4). No hay en el mutuo un título intrínseco que justifique el cobro de intereses. Pero sí puede haber títulos extrínsecos al mutuo, que hagan legítimo exigir interés, de los cuales Santo Tomás sólo admitió el daño emergente. La Iglesia, tiempo después, siguió un criterio más amplio que el del Aquinate, pues a partir de la Vix pervenit de Benedicto XIV, aceptó los títulos extrínsecos en general (lucro cesante, daño emergente, riesgo del capital, interés legal, etc). En 1830, el Santo Oficio declaró admisible el interés fijado por ley civil, en contra del parecer de Santo Tomás (cf. S. Th. II-II, q. 78, a. 1 ad 3), y finalmente el CIC de 1917 (c. 1543) admitió el interés legal con tal que no sea excesivo.
5. Desarrollo del embrión humano (5). En la obra de Santo Tomás se contienen referencias a fuentes médico-biológicas como Aristóteles, Galeno, entre otros autores. En el Comentario al III Libro de las Sentencias (d.3, q.5, a.2) dice: «La concepción del hombre acaba a los 40 días y la de la mujer a los 90, como dice Aristóteles en el Libro IX De los Animales (De Histor. Animal., H 3, 583b 2-5). S. Agustín añade todavía otros 6 días para completar el cuerpo del hombre, y en la Carta a Jerónimo los distribuye así: “En los primeros 6 días el semen se parece a la leche; 9 días después se convierte en sangre; 12 días después se consolida; 18 días después se forman los rasgos perfectos de los miembros; y en el tiempo restante hasta el momento del parto aumenta el tamaño”». No tenemos noticia de que alguna vez la Iglesia haya enseñado sobre el aspecto científico de la concepción humana. Y si el Magisterio hubiera tenido en cuenta este dato científico -obsoleto y falso, a la luz de los modernos descubrimientos de la embriología y la genética- seguramente habría sido como fundamento de alguna disposición de tipo prudencial o disciplinar.
Cabría mencionar otros ejemplos, en los cuales se verifica que Santo Tomás cambió de parecer a lo largo de su vida: distinción real entre memoria intelectiva y entendimiento; ciencia adquirida de Cristo; mociones divinas previas a la gracia de justificación; etc. En estos casos, habría que preguntarse si la Iglesia asume las opiniones sucesivas del Aquinate, aunque sean contradictorias, o si se decanta sólo por una opinión, y en base a qué criterio lo hace. Pero nos extenderíamos demasiado sin necesidad. Los ejemplos demuestran que la Iglesia no incorporó en su Magisterio esas opiniones del Angélico. 
d) El Magisterio eclesiástico reconoce a Santo Tomás una muy importante autoridad doctrinal (v. sección III, aquí) a tal punto que el card. Ruffini ha contado hasta 80 pontífices que lo alabaron máximamente y lo tuvieron como maestro de estudios. Pero de la enseñanza de la Iglesia, unida al sentir de los teólogos, se concluye que nunca se ha elevado a la categoría de Magisterio eclesiástico la totalidad del pensamiento del Aquinate, esto es todas y cada una de las sentencias del Santo.
e) A lo anterior hay que agregar una precisión metodológica de capital importancia. En la Teología católica existen diversos lugares teológicos, que son las fuentes de este saber, como la Escriturala Tradición, el Magisterio, etc. El célebre dominico Melchor Cano, OP, enumeró y jerarquizó diez lugares; y en su sistematización la autoridad de los teólogos escolásticos ocupa el séptimo lugar. 
El Magisterio ha puesto a Santo Tomás por encima de los demás teólogos escolásticos (cfr. Pío XII, Enc. Humani generis) reconociéndole así una primacía entre los doctores. Pero, en tanto el Magisterio no se apropie de elementos doctrinales tomasianos, elevándolos de categoría mediante una «asunción eminente», estos elementos se mantienen en su lugar teológico correspondiente. Con mayor precisión lo explicaba el dominico Schultes: I. «Una doctrina por el hecho de ser sostenida por Santo Tomás, no es de fe que deba ser aceptada ni material ni formalmente». II. «La doctrina de Santo Tomás no tiene tal autoridad, que deba ser considerada como teológicamente cierta». III. «La doctrina de Santo Tomás en materia de fe y de costumbres puede y debe ser sostenida con seguridad, con un asentimiento simple, incluso dejando a un lado la sentencia contraria de otra Escuela u otro Doctor». Y Pío XII: «no hay que mezclar sin distinción la doctrina católica y las verdades naturales relacionadas con ella y aceptadas por todos los católicos con los esfuerzos hechos por los eruditos para explicarlas, ni con los elementos propios y las razones peculiares en que se diferencian los diversos sistemas filosóficos y teológicos que se encuentran en la  Iglesia […] Ninguno de esos sistemas o métodos constituye una puerta para entrar en la Iglesia; mucho menos es lícito afirmar que sea la única puerta. Ni aún del más santo y más ilustre doctor se ha valido nunca ni se vale ahora la Iglesia como de fuente original de verdad. Considera, sí, como grandes doctores a Santo Tomás y a San Agustín y les tributa grandes elogios» (cfr. Animus noster). Porque la Iglesia tiene por garantía de la verdad no a un teólogo, por más eminente y santo que sea, sino el depósito de la fe; y por esta regla -con la asistencia del Espíritu Santo- mide la doctrina de todos sus doctores, incluido el Angélico.
f) Por todo lo dicho, sería un grave error considerar el sistema de Santo Tomás como fuente de la Revelación, elevar la totalidad de su contenido al lugar teológico de Magisterio eclesiástico (infalible o mere auténtico) o juzgarlo como el único capaz de explicar y defender el depósito de la fe. Podemos ser muy amigos de Tomás, pero debemos ser más amigos de la verdad.



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(1) Cuervo Sola, M. Por qué Santo Tomás no afirmó la Inmaculada. En: Revista Salmanticensis [aquí]
(2) Aniz, C.. Introducción y notas al Tratado de los sacramentos en genera de la SUMA TEOLOGICA DE SANTO TOMAS DE AQUINO, ed. Bilingüe de la BAC, vol. XIII, pp. 108-109.
(3) González Rivas, S. La materia del sacramento del orden. En: Revista española de derecho canónico [aquí]
(4) Widow, J.A.. La ética económica y la usura. [aquí].
(5) Izquierdo Labeaga, J. Santo Tomás, ¿maestro de Bioética? [aquí]